Adelanto directo en obras de diseño y construcción: porcentajes y plazos por componente (art. 179.3)

En una obra de diseño y construcción no hay un solo adelanto directo: hay uno por componente. El de diseño se calcula sobre el monto de ese componente y se pide desde la firma del contrato. El de obra se calcula sobre el monto aprobado en el expediente técnico y se pide desde su aprobación (arts. 178.3 c y 179.3). Te explicamos cómo planificar ambos.

7 min de lecturaPublicado el Actualizado el Por Rafael Montoya Álvarez, Fundador de AIT Capital
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Dos componentes, dos adelantos

Bajo este sistema de entrega, el contratista primero diseña (elabora el expediente técnico) y luego construye. El Reglamento trata cada etapa como un componente con su propio adelanto directo, siempre que las bases lo establezcan (art. 179.1).

Adelanto directo en diseño y construcción

Componente de diseñoHasta 30 % del monto de diseño Plazo desde la firma del contrato Garantía: fianza o póliza No procede fideicomiso (art. 184.1)
Componente de obraHasta 10 % del monto aprobado Plazo desde aprobar el expediente Materiales: hasta 20 % adicional Fideicomiso si supera S/ 5 millones
Adelanto directo por componente en diseño y construcción, según los arts. 178.3 c, 179.3 y 184.1 del Reglamento.
Adelanto directo en obras de diseño y construcción: porcentajes y plazos por componente (art. 179.3)

Cuánto puede ser el adelanto en cada componente

ComponenteAdelanto directo (art. 178.3 c)Base de cálculo
DiseñoHasta el 30 %Monto del contrato original correspondiente al componente de diseño.
Ejecución de obraHasta el 10 %Monto de la obra aprobado en el expediente técnico.

En el componente de obra también existen otros dos adelantos. El de materiales e insumos, equipamiento y mobiliario llega hasta el 20 %. El adelanto por avance llega hasta el 10 %. Ambos se calculan sobre el monto aprobado en el expediente técnico (art. 178.3 c).

Detalle que cambia tu caja

el expediente técnico puede aprobarse con un presupuesto de obra hasta 50 % mayor al del contrato original para ese componente. Para eso la entidad debe contar con previsión o certificación presupuestal (art. 175.1). Como el adelanto de obra se calcula sobre el monto aprobado, puede variar respecto de lo que ofertaste.

Desde cuándo corren los plazos

Cada componente sigue el procedimiento general del art. 179: diez días para pedir el adelanto con su garantía y siete días para que la entidad lo entregue desde que recibe la garantía. La diferencia está en el punto de partida (art. 179.3, modificado por el D.S. 001-2026-EF):

El D.S. 001-2026-EF reformuló el art. 179.3. La versión original incluía una regla sobre el porcentaje por componente; la vigente solo regula desde cuándo corre el plazo. Los porcentajes se leen en el art. 178.3 c.

Aprobado el expediente técnico, la ejecución del componente obra debe iniciar en un máximo de veinte días. Para eso la entidad notifica la aprobación y entrega total o parcialmente el terreno. También cumple las demás condiciones, entre ellas entregar el adelanto directo solicitado (arts. 176.5 y 176.1 c).

Por eso conviene tener lista la garantía del adelanto de obra antes de que aprueben el expediente. Si llega tarde, tú mismo retrasas el inicio.

Piensa también en el tiempo muerto entre ambos componentes. Durante el diseño ya amortizas el adelanto de diseño, pero el adelanto de obra aún no existe. Esa brecha de caja debe estar prevista en tu plan financiero desde la oferta.

Ejecución rápida y partidas iniciales

En la modalidad de ejecución rápida (fast track), el componente obra inicia con la aprobación de entregables parciales del expediente técnico. En ese caso, el adelanto directo y el de materiales se otorgan de forma progresiva. Se calculan según el presupuesto de cada entregable parcial y los porcentajes de las bases (art. 176.4).

Además, por acuerdo de las partes se pueden adelantar partidas iniciales, como obras provisionales o demoliciones, mediante una aprobación parcial del expediente técnico (art. 176.6).

Garantía, fideicomiso y amortización

Cuando hay más de un componente, también puedes pedir la reducción de la garantía de fiel cumplimiento al obtener la conformidad del componente ejecutado (art. 183.4).

Adelanto directo en obras de diseño y construcción: porcentajes y plazos por componente (art. 179.3)

Cómo te ayuda AIT Capital

Con el Fideicomiso de Adelantos estructuramos la garantía de cada componente. En el de obra, estructuramos el fideicomiso que administra los fondos cuando el monto lo permite. Planificamos contigo el flujo entre el diseño y la construcción para que el adelanto de obra no te encuentre sin garantía.

Fuentes

  • Reglamento de la Ley N° 32069, D.S. 009-2025-EF: arts. 113, 175, 176, 178, 179, 180, 183 y 184 (texto completo).
  • D.S. 001-2026-EF, que modifica los arts. 113, 176, 179.3 y 180.1 del Reglamento (texto).

Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal. Verifica siempre el texto vigente de la Ley N° 32069 y su Reglamento, y las bases del procedimiento. AIT Capital no financia directamente: conseguimos el financiamiento a través de nuestros aliados estratégicos.

Preguntas frecuentes

¿Sobre qué monto se calcula el adelanto del componente de obra?

Sobre el monto de la obra aprobado en el expediente técnico, no sobre el monto ofertado (art. 178.3 c).

¿Desde cuándo tengo diez días para pedir el adelanto de obra?

Desde la aprobación del expediente técnico (art. 179.3 b, modificado por el D.S. 001-2026-EF).

¿Puedo usar fideicomiso para el adelanto del diseño?

No. El fideicomiso de adelanto no procede para el componente de diseño (art. 184.1).

¿Qué pasa con el adelanto en ejecución rápida?

Se otorga de forma progresiva, según el presupuesto de cada entregable parcial del expediente técnico (art. 176.4).

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