Qué es un consorcio inusual
La Comisión de Defensa de la Libre Competencia de Indecopi publicó a fines de agosto de 2024 la versión definitiva de su Guía para identificar consorcios inusuales en las contrataciones públicas, tras un proyecto difundido en 2022. La guía distingue dos tipos:
| Consorcio deseable | Consorcio inusual |
|---|---|
| Une empresas que se complementan: una aporta lo que a la otra le falta (experiencia, equipos, condición MYPE, capacidad financiera). | Funciona como fachada de un acuerdo anticompetitivo entre empresas que podrían competir por separado. |
| Genera eficiencias para la entidad: mejor precio, calidad o plazo. | Reduce la competencia: menos postores, precios coordinados o reparto de obras. |
| La cooperación se limita a lo que exige la obra. | Hay intercambio de información sensible que va más allá de lo necesario. |

Las señales de alerta que revisa Indecopi
La guía enumera indicadores que, por sí solos, no prueban una infracción, pero pueden motivar una investigación:
- Los integrantes podían postular solos y aun así decidieron consorciarse.
- Un cambio repentino a postular en consorcio sin que el mercado haya cambiado.
- Los consorciados concentran juntos una alta participación de mercado.
- Empresas que cotizaron por separado en el estudio de mercado y luego postulan juntas.
- El consorcio ganador subcontrata a competidores que no se presentaron.
- Participación simultánea de una empresa en varios consorcios con distintos competidores.
- Antecedentes de conductas colusorias de alguno de los integrantes.
- Intercambio de información comercial sensible más allá de lo operativo.
Consorcio deseable vs. consorcio inusual
Qué riesgo corres
La guía se aplica bajo la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas (Decreto Legislativo N° 1034). Los acuerdos entre competidores para fijar precios o repartirse licitaciones están sujetos a prohibición absoluta, y las multas por infracciones muy graves pueden llegar a 1 000 UIT. A esto se suma el riesgo reputacional y el efecto sobre futuras postulaciones.
Indecopi aclara que las señales de alerta no bastan para sancionar; se necesitan pruebas adicionales. El objetivo es que puedas explicar y documentar por qué tu consorcio tiene sentido económico.
Cómo demostrar que tu consorcio es legítimo
- Documenta la complementariedad antes de postular. Un memo interno breve que explique qué aporta cada socio y por qué ninguno cumplía solo los requisitos de las bases.
- Que la promesa refleje esa lógica. Obligaciones concretas y porcentajes coherentes con lo que cada integrante aporta.
- Limita la información compartida a lo que exige preparar la oferta y ejecutar la obra. Nada de precios de otras licitaciones.
- No participes en consorcios cruzados con distintos competidores en el mismo mercado y periodo.
- Evita subcontratar a quien pudo ser tu competidor en el mismo procedimiento, salvo una justificación técnica clara.
- Adopta un programa de cumplimiento, aunque sea básico, con reglas para el personal que arma las ofertas.
El consorcio que sí suma
El caso típico de consorcio deseable es el que combina perfiles distintos: una empresa MYPE, que aporta agilidad y acceso a los beneficios que la normativa reserva a ese régimen, con una empresa grande, que aporta experiencia acreditada, capacidad de contratación y respaldo financiero. Ninguna gana sola; juntas sí. Esa complementariedad es justamente lo que la guía de Indecopi considera legítimo.

Cómo te ayuda AIT Capital
En Consorcio Efectivo empezamos por leer las bases de la obra para ver qué te falta para calificar. Recién entonces buscamos en nuestra cartera al aliado que cubre ese hueco y armamos el consorcio con porcentajes y roles justificados. Así, la complementariedad queda documentada desde el primer día.
Fuentes
- Garrigues: «Indecopi publica la versión definitiva de la Guía para identificar consorcios inusuales» (enlace).
- Garrigues: resumen del proyecto de guía, 2022 (enlace).
- Indecopi: publicaciones de libre competencia (gob.pe).
Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal. Verifica siempre el texto vigente de la Ley N° 32069 y su Reglamento, y las bases del procedimiento. AIT Capital no financia directamente: conseguimos el financiamiento a través de nuestros aliados estratégicos.