Ganar la buena pro no es firmar el contrato. Entre una cosa y la otra hay un requisito que cada año deja obras sin ejecutar: la garantía de fiel cumplimiento por el 10 % del monto contratado. Este artículo compara las cuatro formas de cumplir ese requisito, con lo que cada una exige de verdad.
Qué es la garantía de fiel cumplimiento
Es el respaldo que el contratista entrega a la Entidad para asegurar que cumplirá el contrato. Equivale al 10 % del monto contratado, debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la obra, y la Entidad puede ejecutarla si el contratista incumple. Lo que cambia entre las cuatro opciones no es qué garantiza, sino quién asume el riesgo y qué le exige al contratista a cambio.

Las cuatro opciones
1. Carta fianza
Emitida por una entidad financiera supervisada por la SBS, solidaria, incondicional, irrevocable y de realización automática. Es la opción más usada y la más barata cuando existe línea. Exige evaluación crediticia, consume línea de crédito, y normalmente requiere aval de los socios, pagaré y contragarantías. Su cuello de botella no es el precio: es la disponibilidad.
2. Póliza de caución
Emitida por una compañía de seguros. Funciona con lógica similar a la fianza y, en algunos perfiles, con apetito de riesgo distinto al bancario, lo que la convierte en una segunda puerta razonable. Exige respaldo patrimonial y, para el contratista sin espalda financiera, suele terminar en el mismo punto muerto.
3. Retención MYPE
Disponible únicamente para el contratista que califica como micro o pequeña empresa. En lugar de presentar garantía, la Entidad retiene el 10 % de cada valorización. No cuesta comisión, pero tiene un costo financiero real y con frecuencia subestimado: el contratista financia la obra cobrando un 10 %menos en cada valorización, y recupera ese dinero recién al final. Es la competencia más directa del fideicomiso, no la fianza.
4. Fideicomiso de fiel cumplimiento
Habilitado por la Ley N° 32069 y su reglamento (D.S. 009-2025-EF). Es una garantía real: un patrimonio autónomo con activos líquidos, administrado por un fiduciario supervisado por la SBS, único facultado para ejecutarlo. No es un crédito: no hay evaluación crediticia, no consume línea, no requiere aval ni pagaré. Exige activos líquidos por el 100 % del fiel cumplimiento, y ahí está su desafío —y el rol de un estructurador—.
Tabla comparativa
- Evaluación crediticia: fianza, sí · caución, sí · retención, no · fideicomiso, no.
Consume línea bancaria: fianza, sí · caución, parcialmente · retención, no · fideicomiso, no.
Aval y pagaré de socios: fianza, habitualmente · caución, habitualmente · retención, no · fideicomiso, no.
Impacto en la caja de la obra: fianza, comisión · caución, prima · retención, alto (10 % de cada valorización) · fideicomiso, aporte del contratista más costos de estructuración.
Requisito de elegibilidad: fianza y caución, perfil crediticio · retención, ser MYPE · fideicomiso, ninguno.
Quién ejecuta: el banco · la aseguradora · la propia Entidad · el fiduciario supervisado por la SBS.
Un error de comparación que cuesta caro
La mayoría de contratistas compara estas opciones por su comisión, y es la comparación equivocada. Lo que hay que comparar es el efecto total sobre la caja de la obra: cuánto inmoviliza, durante cuánto tiempo, y cuánta capacidad de contratación deja libre para la siguiente licitación. Una opción sin comisión que retiene el 10 % de cada valorización durante veinticuatro meses puede ser, en caja, la más cara de las cuatro.

Cómo elegir según su caso
- Si tiene línea de fianza holgada: use la carta fianza. Es la vía más simple y económica, y no hay razón para complicarla. Si califica como MYPE y su flujo aguanta: la retención evita comisiones, pero conviene modelar el impacto en caja antes de decidir. Muchos contratistas descubren tarde que el 10 % retenido era justamente el capital de trabajo que necesitaban.
- Si no es MYPE y no tiene línea disponible: el fideicomiso es la vía que la ley abrió precisamente para ese escenario. Es, con frecuencia, la diferencia entre firmar el contrato y devolver la buena pro.
- Si tiene línea pero está copada por otras obras: garantizar con fideicomiso libera línea para capital de trabajo o para la siguiente obra. La decisión deja de ser sobre esta obra y pasa a ser sobre cuánta cartera puede sostener la empresa.